Danny Murillo organizador de la Copa Roes y Vuelta Amateur, había presentado meses atrás un recurso de amparo contra el Ministerio de Obras Públicas y Transporte por los altos costos operativos, sin embargo, lastimosamente fue rechazo de plano por la Sala Constitucional.
“Eso no es competencia de la sala, eso tienen que meterlo al tribunal contencioso administrativo, para traerse abajo el decreto, ese recurso fue rechazado, a lo que me dicen los abogados los recursos de amparo no es la forma de pelear eso (Altos Costos Operativos), si no con el tribunal contencioso administrativo y eso tiene un costo”
Danny comentó a CRCICLISMO que un grupo de amigos de Grecia fueron los que redactaron el recurso y que él lo firmó, pero que ya investigando se dio cuenta que con recursos de amparo es poco probable que se traigan abajo la ley 9120 y el decreto N° 43666.
Esto fue parte de la resolución de la Sala Constitucional con el Recurso de Amparo, presentado por Murillo.
“II.- SOBRE EL CASO CONCRETO. Vistos los alegatos y las pretensiones de la accionante, así como la prueba aportada al expediente, se impone advertirle que la finalidad del recurso de amparo es brindar tutela oportuna contra infracciones o amenazas a los derechos y libertades fundamentales. A este Tribunal Constitucional no le corresponde determinar la procedencia o no del permiso otorgado por el recurrido para realizar las actividades “Copa Roes I Edición” y “Vuelta Amateur”. Si la parte recurrente se encuentra disconforme con lo resuelto por la autoridad accionada, ello es un aspecto de legalidad que, como tal, es ajeno al ámbito de competencia de esta Sala. En consecuencia, el gestionante deberá plantear, si a bien lo tiene, sus inconformidades o reclamos ante la propia autoridad recurrida o en la vía jurisdiccional ordinaria, sedes en las cuales podrá, en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones. En razón de lo anterior, procede rechazar de plano el recurso, como en efecto se hace”
Consultando a otros abogados especialistas en el tema confirmaron lo que indicó Murillo, los recursos de amparo no son para traerse abajo leyes ni decretos, para eso existe el Tribunal Contencioso Administrativo y otra de las opciones es ir a la Sala Constitucional y presentar una acción de inconstitucionalidad.
La FECOCI y FECOA presentaron esta semana un recurso de amparo contra la ley 9120 y el decreto N°43666 y están a la espera si el recurso es acogido o no por la Sala Cuarta.
Aquí la resolución del Recurso de Amparo que interpuso Danny Murillo.
Texto de la Resolución
FECOCI en conjunto con FECOA presentaron recurso de amparo contra Ley 9120 y Decreto N° 43666